Rige decreto para retiros voluntarios en la provincia de Buenos Aires
El sistema de retiros voluntarios optativos para los empleados de la administración pública bonaerense, a quienes el gobierno provincial ofrece el pago de una suma fija y cuotas a partir de una antigüedad mínima de dos años, rige desde hoy.
El sistema de retiros voluntarios optativos para los empleados de la administración pública bonaerense, a quienes el gobierno provincial ofrece el pago de una suma fija y cuotas a partir de una antigüedad mínima de dos años, rige desde hoy.
A través del decreto 465 publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobierno bonaerense establece que “podrán optar por el retiro voluntario todos aquellos agentes que revisten en las plantas permanentes con estabilidad, que cuenten con una antigüedad de dos años o más e inferior a los 24 años en la administración pública y le faltaren más de cinco años para acceder a un beneficio jubilatorio”.
La medida también contempla que “la Administración podrá denegar la solicitud cuando, a su juicio, el retiro del agente afectare el regular funcionamiento del área o el sector en que se desempeñe” y no abarca al personal policial ni del Servicio Penitenciario.
Según el decreto, el plazo para adherir al programa de retiro será de seis meses contados a partir de hoy, "pudiendo ser prorrogado por igual período por la autoridad de aplicación".
El pago convenido en el retiro se efectuará mediante un sistema de un abono inicial en el momento de la baja y “cuotas mensuales, iguales y consecutivas”.
Así, determina que entre 2 y 5 años de antigüedad percibirán 10 cuotas, las primeras cuatro en el momento de la baja y las restantes en 6 meses consecutivos; entre 6 y 7 años de antigüedad serán 15 cuotas en total, 6 iniciales y 9 mensuales.
Quienes tengan entre 8 y 9 años de antigüedad las cuotas serán 20, 8 al momento de la baja y 12 mensuales; entre 10 y 11 años de antigüedad 24 cuotas, 10 en el momento de la baja y las restantes 14 de manera mensual y los de más de 12 años de antigüedad tendrán acceso al cobro de 30 cuotas, 12 cuando se retiren y 18 mensuales.
“Las cuotas a percibir en el momento del cese se calcularán y abonarán en base a la remuneración mensual normal y habitual bruta de cada agente y para las restantes se tomará como base la remuneración mensual normal y habitual neta percibida por cada agente luego de efectuadas las deducciones legales”, consigna la iniciativa.
Para el cálculo, se tomará la mejor remuneración que el agente haya percibido en los seis meses anteriores a la baja, sin contar viáticos, horas extras, aguinaldo y otras remuneraciones no habituales en el pago mensual.
Establece además que quienes adhieran a estos retiros quedarán inhabilitados por cinco años para reincorporarse a un empleo de la “Administración Pública Provincial, incluyendo Entes Autárquicos, Organismos Descentralizados, Fideicomisos o Sociedades en las que el Estado participe como socio mayoritario”