viernes 21 de junio de 2024 - Edición Nº2468
El país de hoy | Todas las noticias del país, hoy » Nacionales » 22 abr 2020

Fijaron los requisitos para acceder a los créditos a tasa cero

El crédito a tasa 0 de hasta $ 150.000 anunciado a través del DNU N° 376 comprende a los Monotributistas de todas las categorías pero condicionado a un conjunto de requisitos, de acuerdo al acta N° 4 del Comité de Evaluación del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.


El crédito a tasa 0 de hasta $ 150.000 anunciado a través del DNU N° 376 comprende a los Monotributistas de todas las categorías pero condicionado a un conjunto de requisitos, de acuerdo al acta N° 4 del Comité de Evaluación del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

Los créditos, se informó, serán por un monto igual al 25% de la facturación anual de la categoría en la que está inscripto el monotributista -en el caso de autónomos no hay categorías- hasta un máximo de $ 150.000. Quienes quieran solicitar esos créditos deberán hacerlo directamente en el banco en el que ya están operando y luego les será acreditado a través de su tarjeta de crédito.

Las condiciones para recibir este crédito, que será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas y estará disponible en la cuenta de la tarjeta de crédito del solicitante, son:

  • No recibir el beneficio del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), en relación a los monotributistas de las Categorías A y B que podían solicitar y recibir el bono de $ 10.000.
  • No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal. O, por lo menos, el 70% de la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de esas jurisdicciones o entidades.
  • No percibir ingresos de un trabajo relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
  • Que el monto de la facturación electrónica entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
  • En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deben ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias

VIDEOS