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El país de hoy | Todas las noticias del país, hoy » Provinciales » 21 dic 2017

La Corte bonaerense estableció un nuevo sistema para que jueces y fiscales presenten declaración jurada

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires reglamentó hoy la forma en la que los jueces y fiscales deberán presentar su declaración juradas de bienes que tendrá una parte reservada y otra de acceso al público, según la resolución que lleva la firma de la totalidad de los integrantes del Máximo Tribunal.


La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires reglamentó hoy la forma en la que los jueces y fiscales deberán presentar su declaración juradas de bienes que tendrá una parte reservada y otra de acceso al público, según la resolución que lleva la firma de la totalidad de los integrantes del Máximo Tribunal.

Según el acuerdo 3880, la reglamentación se hizo con la participación de la Procuración General, luego que la Corte dispuso hace un año la creación de una mesa de trabajo para definir los nuevos requisitos que deberán cumplimentar los magistrados en sus declaraciones juradas.

Establece que se encuentran obligados a presentar la declaración jurada de su patrimonio los magistrados y funcionarios del Poder Judicial y los peritos oficiales.

La obligación alcanza también a los  agentes que, por la naturaleza de sus funciones, “se encuentran sujetos a un especial control, tales los casos de aquellos que intervengan en procedimientos de adquisición de bienes o servicios o su recepción, o que participen en la administración y gestión de bienes del Estado".  

La corte estableció que la declaración se hará a través de una plataforma digital creada para ese fin y que contendrá una parte reservada y otra pública.

El formulario sintético, que será de carácter público, contendrá una enunciación de los bienes y actividades del obligado, de su cónyuge o conviviente, y/o de quienes se encuentren bajo su responsabilidad parental, tutela o cúratela, al 31 de diciembre del año inmediato anterior tanto en el país como en el extranjero, sin contener precisiones que pudieren afectar su derecho a la privacidad o su seguridad.

El obligado deberá declarar las actividades profesionales que hubieren desempeñado durante los cinco años anteriores a su designación

Preve además que la declaración jurada de bienes de jueces y fiscales deberá hacerse una vez por año y que si no la cumplen se remitirán los antecedentes a la Subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte de Justicia o de la Procuración.

En los fundamentos, la Corte estableció que “corresponde  establecer una reglamentación que ajuste la declaración jurada patrimonial para los funcionarios y magistrados a tales mandatos, determinando asimismo la publicidad de aquellas actividades y aspectos patrimoniales que pudieran afectar la ética de las actividades públicas”.

Para la Corte, con ello se permite “el control ciudadano y poder detectar y prevenir conflictos de intereses, en pos de garantizar la probidad, así como la imparcialidad de los integrantes de la Administración de Justicia”.

 

 

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